DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: UNICO: El Archivo Judicial de la causa y el cese de todas las Medidas Cautelares de coacción personal en la causa signada con el N° 1C-999-02, según nomenclatura de este Tribunal; seguida al ciudadano ORTEGA FELIX ANTONIO, venezolano, mayor de edad, residenciado en el barrio Jaime Lusinchi, tercera transversal, casa N° 04 de San Fernando de Apure, titular de la Cédula de Identidad N° 15.358.745, por uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD; todo ello de conformidad a las previsiones del Aparte Segundo del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese la presente decisión. Vencido el lapso recursivo remítase al Archivo Judicial. Ofíciese. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
ABG. NORKA MIRABAL RANGEL