En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) mensuales. SEGUNDO: Igualmente, se compromete a comprarle a su hijo la ropa del 24 y 31 de Diciembre del presente año, así como sus juguetes, con motivo de las festividades decembrinas. TERCERO: En lo referente a consultas médicas, medicinas, exámenes, vestidos, recreación o cualquier otro gasto extraordinario que requiera su hijo, serán compartidos por ambos padres en un 50% cada uno. CUARTO: Las cantidades acordadas serán depositadas por parte del padre en una cuenta de ahorro que se ordena aperturar en este mismo acto en el banco Bicentenario.