SEPTIMO: Que la trascendencia de la situación descrita no solo es tenida respecto del ciudadano acusado ELIAS ELIECER POSADA TOVAR y de quienes fueron contaminados con la duda en relación a la imparcialidad del Juez, sino también ser determinante de actuaciones futuras de la defensa, dependiendo, claro está, del dictamen que habría de emitir quien aquí se pronuncia; reavivando la duda supuestamente disipada como posible causante o interviniente en el dictamen recaído.
OCTAVO: Que en virtud del evento narrado, ha surgido para quien aquí se inhibe, un sentimiento cierto de rechazo a la actitud asumida por el ciudadano acusado: ELIAS ELIECER POSADA TOVAR, poniendo en entredicho la imparcialidad que siempre le ha caracterizado en la noble tarea de administrar justicia que, con dignidad, decoro, dedicación, arrojo, responsabilidad y conocimiento de la Ley, ha desempeñado por varios años; considerando en consecuencia este sentenciador que, ahora, no soy el Juez más idóneo para continuar.....