Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Fiscal Segunda Encargada del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abogada ISMENIA MENDEZ SANCHEZ, contra la sentencia de fondo dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en fecha 07-07-2011 y publicada el 12-07-2011, que absolvió al ciudadano CARLOS MANUEL GIL RODRIGUEZ, de la comisión del delito de Robo Simple, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Venezolano.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia impugnada, por cuanto satisfizo los parámetros de logicidad, coherencia y suficiencia en la motivación de la sentencia.