Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DERCRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, cesando de inmediato todas las Medidas Cautelares Sustitutivas de libertad dictadas en contra de los imputados: CLIMACO ANTONIO BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 13.791.506, residenciado en el Barrio Jose Felix Rivas, Calle Principal, casa s/n y JOSE ANOTNIO PERNIA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.708.636, residenciado en el Barrio Jose Felix Rivas, Guasdualito, Estado Apure, en audiencia de fecha 15 de Octubre del año 2.003, quien conforme a ésta decisión deja de ser imputado en la presente causa. Esta investigación sólo podrá ser reabierta cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa a autorización de éste Tribunal. Así se decide.
Notifíquese a las partes y remítase la causa al archivo judicial en la oportunidad de Ley.
LA JUEZ DE CONTROL,
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