Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 24 de Noviembre de 2006, por el abogado GONZALO RAFAEL GONZALEZ KLEMM, en su condición de Abogado Asistente de las víctimas, ciudadanos EDGAR FELIX ZAMBRANO y JOSÉ DE JESÚS PÉREZ, contra la decisión de auto dictada en fecha 01 de Noviembre de 2006, con ocasión a la Audiencia Preliminar.
SEGUNDO: INDAMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el Recurso de Apelación de fecha 01 de Diciembre de 2006, interpuesto por el abogado GONZALO RAFAEL GONZALEZ KLEMM, en su condición de Apoderado Judicial de la COMPAÑÍA ANÓNIMA INVERSIONES GANADERA (C.A INVEGA), contra la misma decisión de auto dictada en fecha 01 de Noviembre de 2006, con ocasión a la Audiencia Preliminar.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Ape.....