este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 en concordancia 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (300,oo) MENSUALES, de Obligación de Manutención que el ciudadano: JESUS DEL VALLE CASTILLO, debe cumplir a partir del 26-01-10, más Bonificación Escolar por la cantidad de: QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,oo) los gastos de medicina, ropa y calzado se harán de forma compartida, el Régimen de Convivencia queda abierto.
TERCERO: De conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Notifíquese mediante boleta al Representante del minister.....