Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Diferir la Concesión y Ejecución de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena hasta tanto se le realice al penado el informe PSICOSOCIAL, por el organismo competente del Ministerio de Justicia.
SEGUNDO: Queda obligado el ciudadano: CARLOS ANDRES PEREZ MAGALLANES, titular de la cedula de identidad N° 12.322.848, de nacionalidad venezolana, natural de San Fernando Estado Apure, de 31 años de edad, nacido el 24-12-1973, de treinta y tres (33) años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio TSU. Automotriz, residenciado en la Avenida Caracas, casa N° 06, Urbanización las Flecheras, hijo de BELKIS MAGALLANES Y DE RAMON PEREZ(F), TELÉFONO 0247-342-49-12, San Fernando de Apure, a realizar presentaciones por ante el área de a.....