En consecuencia, este Tribunal de Juicio Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA: PRIMERO: Dar por recibida la presente causa, registrar el reingreso en el libro correspondiente y proseguir con el curso de Ley. SEGUNDO: Abocarse al conocimiento de la causa, por no existir causales de recusación ni de inhibición. TERCERO: A fin de dar cumplimiento a la Comisión efectuada por la Corte de Apelaciones de este Circuito, e imponer al acusado del contenido de la sentencia, ordenar el traslado del ciudadano adolescente, quien se encuentra recluido en la Comandancia Policial No. 02 de esta localidad de Guasdualito, hasta la sede de este Tribunal, el día diez (10) de marzo de 2.010, a las 12:00m. CUARTO: Conocer del presente asunto penal, como Tribunal Unipersonal, considerando que el Tribunal de Alzada, anula conforme lo establecido en.....