pronunciamiento: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos LIBARDO ALVAREZ BARÓN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.711.987; MARÍA DORIS AGUILAR colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° CC-68.290.187; HUMBERTO VARGAS colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.210.453; y JOSÉ OSCAR ESCALANTE SANCHEZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.874.493; asistidos por el abogado en ejercicio MARCO AURELIO BRICEÑO BECERRA venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 1.582.108, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 8.267, con domicilio procesal en el Edificio Nadea (Farmacia Páez), Piso 1, Oficina 3, Guasdualito Estado Apure, contra el abogado MIGUEL PADILLA BAZÓ Juez del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure extensión Guasdualito, Causa N° 1C 2022-04, todo ello conforme a lo previsto en el ar.....