En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes)y Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su Competencia para conocer sustanciar y decidir del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de acto Administrativo de Efectos Particulares, Conjuntamente con Solicitud de Amparo Cautelar, interpuesto por el ciudadano Héctor José Acosta Calderón, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.240.438, debidamente asistido por el abogado Cesar Orlando Esqueda Pérez, titular de la cedula de identidad N° 11.244.254, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 159.084, contra la Dirección Ejecutiva De La Magistratura (DEM).
SEGUNDO: SE ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de acto Admini.....