PENA CUMPLIDA: Once (11) años, dos (02) meses, considerando las redenciones de un (01) año, un (01) mes, quince (15) días de fecha 02-10-2.001 y un (01) año, cuatro (04) meses, doce (12) días de fecha 08-03-2.006.
PENA POR CUMPLIR: Ocho (08) años, diez (10) meses.
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 09 de junio de 2.015.
FECHA EN QUE LE PROCEDEN BENEFICIOS:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: Actualmente goza de esta Alternativa de Cumplimiento de Pena.
REGIMEN ABIERTO: 09 de febrero de 2.002.
LIBERTAD CONDICIONAL: 09 de octubre de 2.008.
CONFINAMIENTO: 09 de junio de 2.010.
PENAS ACCESORIAS: La inhabilitación Política culmina el día que cumple la pena principal y la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, por 1/4 parte de la Pena impuesta, comienza el siguiente día de cumplir la pena principal y culmina en fecha 09 de junio de 2.020.
El penado podrá de conformidad con el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal, redimir la pena, de acuerdo a la Ley de Redención Judicial por Trabajo y .....