DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE, acuerda: PRIMERO: De oficio se acuerda a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo del Código Orgánico Procesal Penal; la sustitución de la medida de Prisión Preventiva establecida en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por las medidas cautelares establecidas en los literales c y g de la ley en referencia. SEGUNDO: En consecuencia, se sustituye la medida de Prisión Preventiva establecida en el artículo 581º de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por las otras medidas cautelares contenidas en el articulo 582 literales c y g, ejusdem, consistentes en: C) La obligación de presentarse cada ocho (8) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y G) fianza p.....