PENA IMPUESTA: diecisiete (17) años 5 meses y 24 días.
DETENIDO DESDE: 22 de septiembre de 1.999
PENA CUMPLIDA: 6 año, 8 mes, 14 días
PENA POR CUMPLIR: 10 años, 9 meses, 10 días
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 19 de agosto de 2.015,
FECHA EN QUE LE PROCEDE DESTACAMENTO DE TRABAJO ¼: 4 de febrero del 2.004
FECHA EN QUE LE PROCEDE REGIMEN ABIERTO 1/3: 20 julio del 2.005
FECHA EN QUE LE PROCEDE LIBERTAD CONDIONAL 2/3: 18 MAYO DEL 2.0011
FECHA EN QUE LE PROCEDE CONFINAMIENTO ¾: 30 de octubre del 2.012.-
Notifíquese del presente Cómputo al Fiscal del Ministerio Público, al Defensor y al penado, para que en el lapso de cinco (05) días hábiles, concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación. Remítase copia a la Dirección del Centro Penitenciario de Occidente, Asesoría Jurídica, para su conocimiento y demás fines.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,
Dra. Miguel Padilla Bazo.-
La Secretaria,
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