(...) Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA por el abogado MARCOS GOITIA, contra la decisión de fecha veintiséis (26) de octubre de 2009, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, mediante la cual el Tribunal el Tribunal observó que no se ha iniciado el trámite procedimental de ejecución voluntaria contenida en el decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, aplicable al presente caso por efecto expansivo. Se confirma la decisión apelada dictada por el Tribunal A-quo en la fecha antes indicada. No hay condenatoria en costas. (...)