Por todo lo expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el ciudadano. JUAN JOSÉ BARRIOS PADRÓN, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana IRAIRA IRAIMA MICHELANGELLI en su condición de victima en fecha 05 de diciembre de2006 de la sentencia definitiva dictada en
fecha 06-11-2006, por el Tribunal Mixto Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en la causa N° 1M-229-04, mediante la cual fue declarado Inocente de la acusación formulada en su contra por la presunta comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 444, primer aparte del Código penal vigente.
SEGUNDO: Se fija la celebración de la audiencia Oral y Pública para el día 18-01-2007 a las 09:30 horas de la mañana, conforme al artículo 455 .....