En merito de los razonamientos expuestos este Tribunal Segundo DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente demanda de ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE MANUNTENCION en perjuicio del niño (se omite), por lo que se condena al ciudadano JUAN ERNESTO GARCÍA ASCANIO,, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.868.961,al pago de la deuda alimentaría vencida e insoluta de los meses de mayo, junio, julio, agosto septiembre y octubre del año 2016, por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) que comprenden el pago insoluto de (06) mensualidades a razón de CINCO BOLÍVARES CADA UNA (Bs. 5.00,00) y el adicional correspondiente al BONO POR COCEPTO DE ÚTILES ESCOLARES a razón de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00) cada uno; más el pago de.....