Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de La Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el Juicio de SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO, instaurado por los ciudadanos ANA ROSA ALVAREZ DIAMOND Y JUAN GABRIEL RUTTIA MARTINEZ.-
Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a los accionantes de conformidad con lo establecido en el Articulo 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Regístrese, Publíquese, y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho de este Tribunal, a los Diez (10) días del mes de Febrero de 2.010. AÑOS: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
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