De manera que, visto el desistimiento que hiciera el apoderada judicial de la parte demandante, antes identificado, realizado de manera expresa en auto de fecha 05-05-2011, y dado que el desistimiento del procedimiento versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de Instancia considera procedente en derecho Homologar el Desistimiento del Procedimiento e impartirle el carácter de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
En consecuencia por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE. Declara:
PRIMERO: DECLARA HOMOLOGADO el Desistimiento del Procedimiento del ciudadano WILFREDO MIGUEL SEQUERA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.546.592, asistido por el Abogado MARCOS GOITIA e .....