Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha primero (01) de marzo de 2011, por el abogado Marcos Goitia actuando en el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, ciudadano ORLANDO RAMÓN GARCIAS; SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, de fecha nueve (09) de marzo de 2011, que declaró sin lugar la demanda intentada por el ciudadano GARCÍAS ORLANDO RAMÓN, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.759.928 contra el MUNICIPIO AUTÓNOMO SAN FERNANDO DEL ESTADO APURE; TERCERO: No hay condenatoria en costas.