DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Con lugar la Inhibición efectuada por la Dra. EUMELY J. SANCHEZ MARTÍNEZ en su carácter de Juez del Juzgado del Municipio San Fernando de ésta Circunscripción Judicial, por estar fundamentada en el artículo 82 numeral 1º, del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.
Remítase el Cuaderno de Inhibición al Tribunal de origen, a los fines de dar estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil.
Líbrese oficio, publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Tribunal, el día de hoy, diez (10) de Julio de dos mil siete (2007), siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.), en .....