Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
ADMITE la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano RUBENS ELIAS JARA CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.343.534, actuando en su propio nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Amparo, en contra del INSTITUTO CREDITICIO FONDO DE DESARROLLO AGROPECUARIO PESQUERO FORESTAL Y AFINES (FONDAFA).-