IV. DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto y razonado que éste TRIBUNAL UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE-EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ABSUELVE al ciudadano JOSÉ ANTONIO ROJAS PACHECO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-18.492.649, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 03/08/1.985, de estado civil soltero, de profesión u oficio Militar, residenciado en la Urbanización Hipódromo, calle 1, bloque A, casa Nº 35, Maracay, estado Aragua, por la comisión del delito de SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el articulo 239 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la Administración de Justicia, por el cual presentó acusación la Fiscalía Tercera del Ministerio Público. SEGUNDO: Se Revocan las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privaci.....