DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
UNICO: SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor Público Primero, Dr. AGUSTIN MILLAN MARCANO, actuando como defensor del Ciudadano: FERNANDO DE JESUS LOPEZ CORDOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.593.636; de prolongación de presentación periódica por ante el Área de Alguacilazgo a cada Quince (15) días. En consecuencia, deberá seguir presentándose cada Cinco (05) días, so pena de incurrir en incumplimiento de la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de la Libertad de conformidad a lo previsto en el Artículo 256, que le fuera acordada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 04-10-05.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO,.....