No llenados ni cumplido los requisitos exigidos en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado en fecha 09 de octubre de 2.012, por la abogada Wiecza M. Santos Matiz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.633, apoderada judicial de la parte demandante-recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de octubre de 2.012, por este Juzgado Superior Agrario, en el Juicio de ACCION POSESORIO DE NATURALEZA AGRARIA, incoado por la ciudadana Carmen Margarita Hernández Blanco, contra el ciudadano Pedro Emilio Hernández Colmenares. Así se decide.