DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara sin lugar la pretensión interpuesta el 9-7-2014 por el Abg. ROBERT ALBERTO MORENO JUAREZ, Defensor de PEDRO RICARDO CANCINES SOLORZANO, contra la decisión dictada el 9-6-2014 por la Juez 2ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. SARA BETANCOURT GUTIERREZ, publicado su texto íntegro el 25-6-2014, mediante la cual condenó al antes mencionado ciudadano como responsable de la comisión del delito de extorsión, previsto en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, en concordancia con el numeral 7 de su artículo 19.
SEGUNDO: Confirma la decisión impugnada.