Admite la recusación planteada en fecha 05-11-03 ante el Tribunal Segundo de Juicio por el abogado querellante LINO RAFAEL ANGULO, por cuanto expresa los motivos en que se funda la misma y fué planteada dentro de la oportunidad legal. SEGUNDO: Admite la prueba ofrecida por la Dra. NORKA MIRABAL RANGEL, las cuales son legales, pertinentes y se refieren al objeto de la recusación