Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Único: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en la presente Querella Funcionarial, interpuesta por el ciudadano Rodríguez Rondón José Luis, titular de la cedula de identidad N° 9.591.028, debidamente representado por los abogados en ejercicios Adela María Ramírez y Yimit Mirabal, abogados en ejercicios. Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 65.410 y Nº 81.042, contra el Estado Apure.