DISPOSITIVA
Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, por cuanto el referido convenimiento no es contrario al orden publico, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, admite y HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos, (IDENTIDAD OMITIDA) Y (IDENTIDAD OMITIDA) plenamente identificados, a favor de los niños (IDENTIDAD OMITIDA) Y (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y adolescente, en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera. PRIMERO: Depositar la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLIVARES (700.000,00 Bs.), por concepto de monto total insoluto de obligación alimentaría correspondiente a los meses de Noviembre, Diciembre, CIEN MIL BOLIVARES (100.000,00 Bs.) del mes de Octubre y la Bonificac.....