DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el Vinculo Matrimonial, contraído por los ciudadanos: RICARDO DE LA CRUZ CORREA AGUIRRE y CARMEN MERCEDES LANDAETA VALERA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 9.598.072 y 15.047.393, respectivamente, y de este domicilio, en fecha 14 de Diciembre de 1.999, por ante la Prefectura del Municipio Biruaca del Estado Apure, según Acta Nº 118 de la misma fecha.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Diez días del mes de Diciem.....