este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 en concordancia 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) MENSUALES, a partir del 07-02-2011, por Obligación de Manutención que el ciudadano: HERNANDEZ FREDYS NORALGEL, debe cumplir a favor de su hijo; aportará la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) para la Bonificación de Fin de año y en cuanto a los Gastos de Medicinas, Calzados, Bonificación Escolar serán compartidos por ambos padres en un 50% cuando lo amerite.
TERCERO: De conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolesce.....