Por todas las consideraciones anteriormente expuestas es por lo que este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Único: Se declara INADMISIBLE in limine litis el presente Recurso Contencioso Administrativo, ejercido por el ciudadano Miguel Arcángel Delgado Montoya, titular de la cédula de identidad Nº.V. 16.977.024, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Genny Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº. 226.937, contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (D.E.M.), ello por los razonamientos expuestos en la motiva de la presente decisión.