En virtud de los argumentos precedentes este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Sección de Adolescentes, Extensión Guasdualito, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR la solicitud fiscal de sobreseimiento formulada sin fecha en el expediente Nº 1C111-04 a favor del imputado adolescente ( Se omite la identificación del adolescente por mandato expreso del articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), por la muerte del niño ( Se omite la identificación del niño por mandato expreso del articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y acuerda remitir el presente expediente al Fiscal Superior de esta Circunscripción Judicial a los fines previstos en el artículo 323, único aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Notifíquese, déjese copia para el archivo y r.....