HOMOLOGA el convenimiento efectuado por los ciudadanos abogados, NABOR JESUS LANZ CALDERON, procediendo en este acto con el carácter de apoderado judicial de la demandante de autos, ciudadana HILDA HILDEMAR HERRERA RONDON, y el ESTADO APURE, representada por la ciudadana ARMANDA ARTEAGA HERNANDEZ, actuando con el carácter de PROCURADURA GENERAL DEL ESTADO APURE, haciendo uso de las facultades expresamente delegadas mediante Resolución del Procurador General del Estado Apure, y estando debidamente autorizada por el ciudadano CAP (E) JESÚS ALBERTO AGUILARTE GAMEZ, Gobernador del Estado Apure, según autorización expresa de fecha 18/04/07. Como consecuencia de la anterior declaratoria y de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, se declara la presente causa como Cosa Juzgada y se da por terminado el proceso.