este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 y en concordancia con el articulo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300.oo) MENSUALES, el Aumento de Obligación de Manutención, que el ciudadano: BAEZ WILLIAMS DAVID, debe cumplir a partir del 30-06-2012 a favor de sus hijos: (se omiten los nombres de los Niños de conformidad con el Articulo 65 de la L.O.P.N.N.A).-
TERCERO: Las partes en el presente Juicio son la ciudadana: CASTRO MARIA LIONZA, titular de la cedula de Identidad Nº V- 29.597.640, madre de (se omiten los Nombres de los Niños de conformidad con el Art. 65 de l.....