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Decisiones del dia 11/06/2014

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : CP01-L-2013-000268 N° Sentencia : Fecha: 11/06/2014
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes:
LUIS ALFREDO LAYA CONTRA FUNDO EL CERRITO
Resumen:
En consecuencia, y visto que se libraron par de Boletas de Notificación bajo un fundamento jurídico no aplicable al presente caso; quien hoy se pronuncia, en su carácter de rectora y directora del proceso, conforme lo prevé el Artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, está obligada a garantizar el Debido Proceso, lo cual tiene rango Constitucional, según lo dispuesto en el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en tal sentido de conformidad con el Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se hace forzoso declarar como en efecto lo hace la REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de librar nuevas notificaciones a la parte demandada, lo cual conlleva a dejar sin efecto las actuaciones cursantes desde el folio (30) al (42) del presente asunto. Así se decide.
Juez/Ponente:
Belkis Delgado Prieto
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : CP01-L-2013-000268 N° Sentencia : Fecha: 11/06/2014
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes:
LUIS ALFREDO LAYA VS FUNDO EL CERRITO
Resumen:
En consecuencia, y visto que se libraron par de Boletas de Notificación bajo un fundamento jurídico no aplicable al presente caso; quien hoy se pronuncia, en su carácter de rectora y directora del proceso, conforme lo prevé el Artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, está obligada a garantizar el Debido Proceso, lo cual tiene rango Constitucional, según lo dispuesto en el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en tal sentido de conformidad con el Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se hace forzoso declarar como en efecto lo hace la REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de librar nuevas notificaciones a la parte demandada, lo cual conlleva a dejar sin efecto las actuaciones cursantes desde el folio (30) al (42) del presente asunto. Así se decide. La Jueza Provisoria, Abog. Belkis Delgado Prieto La Secretaria, Abog. Inés María Alonso .....
Juez/Ponente:
Belkis Delgado Prieto
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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