PENA IMPUESTA: Un (01) año Seis (06) meses de prisión.
DETENIDO DESDE: 18 de Junio de 2.008 hasta el 02 de Julio de 2.008, y capturado en fecha 04 de agosto de 2010.
PENA CUMPLIDA: Veintidós (22) días.
PENA POR CUMPLIR: Un (01) año Cinco (05) meses Ocho (08) días.
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 19 de enero de 2012.
FECHA EN QUE CUMPLE ¼ DE LA PENA y LE PROCEDE EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO: 04 de diciembre de 2010.
FECHA EN QUE CUMPLE 1/3 DE LA PENA Y LE PROCEDE EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO: 19 de enero de 2011.
FECHA EN QUE CUMPLE 2/3 DE LA PENA Y LE PROCEDE EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL: 19 de julio de 2011.
FECHA EN QUE CUMPLE 3/4 DE LA PENA Y LE PROCEDE EL CONFINAMIENTO: 04 de septiembre de 2011.
PENAS ACCESORIAS: Culmina el día en que cumple la pena principal, en fecha 19 de enero de 2012.
Le es procedente el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, una vez cumplidos con los requisitos establecidos en el artículo 493 del Códi.....