Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en la Querella Funcionarial, interpuesta por los ciudadanos Alexis José Zapata Rattia, Radmary De Los Ángeles Orozco Rattia y Josmary Del Valle Zapata Rattia, titulares de las cedula de identidad Nros° 17.395.184, 21.004.703 y 17.395.183, respectivamente, debidamente representado por el abogado en ejercicio Marcos Goitia, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 75.239, contra la Gobernación del Estado Apure.
Segundo: Notifíquese a las partes.