Por todos los razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente incidencia de TACHA DE DOCUMENTO PRIVADO, planteada por el Abogado JESUS WLADIMIR CORDOBA BOLIVAR venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.359.729, actuando en su propia representación, con el carácter de parte demandada de autos, en cuanto al contenido del documento presentado por la parte demandante de autos ciudadana BRISEIDA ELIZABETH PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.199.627, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio DANIEL ARCADIO ALTUNA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.808.500, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.539, i.....