Declara TÍTULO
SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a favor del ciudadano MALEER ALEJANDRO
EL HALABI HIDALGO ampliamente identificado, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente
en el presente Decreto, en virtud del cual no podrá ser registrado, sin la autorización del Propietario del
Terreno sea un ente público o Privado, de conformidad con el acuerdo del Primero (1ero) de Abril del año
1970, dictado por la corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa.-
Devuélvase original de estas resultas a los solicitantes, previo su registro en el Libro de este Tribunal
bajo el N° S-1665-24.-
Publíquese, Regístrese y déjese Copia Certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de
Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas del Municipio Muñoz (Mantecal) de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los once (11) días
del mes de Noviembre del año .....