(...) DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCESO, de conformidad con el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, intentada por el Ciudadano DAVID ANTONIO ESPAÑA ARRIZAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.325.208, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA. Notifíquese al Procurador General de la Republica.
Dada, sellada y firmada, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los doce (12) días del mes de mayo del año 2017. 207º de la Independencia y 158 ° de .....