Se ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana, MACEA HERNÁNDEZ JADY, venezolana mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº 14.218.751, debidamente asistida por el abogado MARCOS GOITIA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.756.223, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 75.239, en contra del acto administrativo de efectos particulares, contenido en la Providencia Administrativa N° 035-07, de fecha 08 de febrero de 2007, dictada por la abogada María del Valle Tusa, en su condición de INSPECTORA DEL TRABAJO (E) DEL ESTADO APURE, en la que declaró con lugar la Solicitud de Autorización para Despedir por causa justificada, interpuesta por el Ejecutivo Regional del Estado Apure, en contra de la recurrente.