El Tribunal vista la exposición anterior hecha por las partes Suspende la practica de la Medida Preventiva de Embargo y acuerda remitir el presente Despacho de Comisión para su respectiva homologación. Se deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 12:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Temporal,
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
Los Apoderados Judiciales de la Parte Actora.
Abg. JOSE CALAZAN RANGEL R. Abg. YANNY RUBI VILLAZANA H.
La Notificada- Demandada.
.ENNA YAYES DE ZERPA
El Jefe de la Comisión Policial.
OFICIAL. ANDRES HURTADO.
C.I. V-13.938.693.
El Alguacil Titular.
JOSE ALEXA.....