DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: SIN LUGAR LA CUESTION PREVIA opuesta por los demandados, ciudadanos Héctor José Pérez Herrera y Beatriz Segovia Pino, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad N°: V- 10.618.739 y Nº V 8.194.217, respectivamente, representados judicialmente por la SANDRA ELIZABETH NORIEGA DE RIVERO, titular de la cedula de identidad N° V- 8.313.935 inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.599, contenida en el ordinal 8° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a LA EXISTENCIA DE UNA CUESTIÓN PREJUDICIAL QUE DEBA RESOLVERSE EN UN PROCESO DISTINTO, en el juicio que por Acción Posesoria por Despojo a la Posesión Agraria, sigue en su contra el ciudad.....