DISPOSITIVA
En virtud de los motivos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin lugar la pretensión interpuesta el 12-3-2014 por la Abg. Rocío del Valle Mundarain Hidalgo, en su condición de Defensora Pública del ciudadano Aparicio Blanco José Gregorio, contra la decisión dictada en fecha 5-3-2014, por la Jueza 2ª de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. Nancy Lugo, en la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, contra el ciudadano antes mencionado, imputado por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Distribuidor Menor, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en per.....