Ahora bien, en el caso de autos se observa que desde el día 28 de Abril del 2.008, fecha en la que comparece el ciudadano DELFIN GREGORIO MARIÑO, para exponer que en virtud de que los testigos fueron evacuados en la oportunidad de ley, y a manera de reproducir lo alegado en el folio 12, da por reproducido lo expuesto en fecha 27 de marzo del 2008, ultima actuación en la presente causa, y no se ha realizado ninguna otra actividad procesal hasta el día de hoy. De lo que claramente se infiere que transcurrió más de seis (6) años, siete (7) mes y catorce (14) días, de inactividad procesal, computados así: al 28 de Abril del 2.014 han transcurridos seis (6) años, y desde esa fecha hasta el día de hoy transcurrieron siete (7) mes y catorce (14) días, es decir: Transcurrieron seis (6) años, siete (7) mes y catorce (14) días de inactividad procesal en el presente procedimiento; en consecuencia de conformidad con lo establecido en los referidos artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Ci.....