SE FIJA CON CARÁCTER PROVISORIA en la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,oo) mensuales, que el ciudadano: ANDYS ALBERTO CORDOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.874.865, Agente de Policía, que debe cumplir a favor de su hijo antes mencionado a partir del presente mes y del año en curso, con retención de sueldo por la cantidad fijada, en la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,oo), mas aportes extras del 14,79%, por concepto de Bono Vacacional y del Bono de Fin de año, para cubrir parte de los gastos ocasionados por el adolescente: ENDERSON JESÚS CORDOVA COLINA, que nos ocupan, en épocas de inicio de actividades escolares y Decembrinas; sumas estas que deberán ser retenidas por el organismo empleador del obligado y depositadas directamente en cuenta de ahorros que se ordena aperturar en el Banco Banfoandes a favor del referido adolescente: ENDERSON JESÚS CORDOVA COLINA.- Y para garantizar el cumplimiento de tal obligación se Decreta Medida Pre.....