Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Admite el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por los Profesionales del Derecho CARLOS RAMÓN ZAMBRANO ARAUJO y JOSÉ ENRIQUE HERNÁNDEZ LEDEZMA, con la condición de Fiscal Principal y Auxiliar Décimo Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, respectivamente, en la causa signada bajo el Número 1C-5849-08, y en esta Superior Instancia bajo el N° 1Aa-1709-09, contra la decisión dictada en fecha 09-02-2009, por el Tribunal Primero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, que decretó el Sobreseimiento de la causa, a favor de los ciudadanos PEDRO CELESTINO BASTIDAS GARCÍA y GABRIELA ALTAHIR VARGAS MENDOZA, por el delito de PECULADO CULPOSO, por ser impugnable y recurrible, conforme a lo establecido en el artículo 432 en relación con el 447.....