este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO, planteado por los precitados ciudadanos SANDRA SARAY UVIEDO Y JOSE FRANCISCO PADRON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 18.016.974 y 17.607.356, de conformidad con el articulo 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE.-