CAPITULO II
DECISIÓN EXPRESA POSITIVA Y PRECISA
Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONVERTIDO EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los cónyuges GOITIA RODRIGUEZ MARCOS ALIRIO y HERNANDEZ YESENIA MARIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidades Nros. 4.667.919 y 4.667.326 respectivamente.
Liquídese la Comunidad Conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, a los Trece (13) días del Mes de Julio del Año Dos Mil Siete. AÑOS: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. SANDRA NORIEGA DE RIVERO
LA SECRETARIA,
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.
En esta misma fecha, siendo las 11:00 a.m., se publicó y registró ésta Sentencia.
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